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Abogado incapacidades en Zaragoza

Cuando hablamos de Incapacidad Laboral, lo hacemos para referirnos a la situación en la que se encuentra un trabajador que no puede desarrollar las funciones de su puesto de trabajo, ya sea porque ha sufrido un accidente o porque padece una enfermedad.

Pero, además, dentro de la llamada situación de Incapacidad Laboral resulta necesario distinguir entre los siguientes grados:

Incapacidad
Permanente Parcial

Incapacidad
Permanente Total

Incapacidad
Permanente Absoluta

Gran
Invalidez

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Grados de Incapacidad Laboral



En cuanto al primero de ellos, el de Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual, se entenderá que debe reconocerse cuando, sin llegar a ser total, ocasione al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, pudiendo, no obstante, llevar a cabo las tareas fundamentales de la misma.

Asimismo, de la reiterada Jurisprudencia se desprende que, el grado de Incapacidad Permanente Parcial deberá reconocerse también en aquellos casos en los que el trabajador tenga que emplear un esfuerzo físico superior al habitual que haga que su trabajo le resulte penoso o peligroso, y ello, aunque no se produzca una merma en su rendimiento.

Por otro lado, nos encontramos con el grado de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, el cual deberá reconocerse cuando el trabajador se encuentre inhabilitado para la realización de todas las tareas (o las más fundamentales) de dicha profesión, pudiendo eso sí, dedicarse a otra distinta.

Lo mismo sucederá, cuando sin encontrarse inhabilitado, las afecciones anatómicas o funcionales le imposibiliten ejecutar dichas tareas con la profesionalidad, continuidad, dedicación y rendimiento que la prestación laboral requiere o, incluso, cuando le comporten una continua situación de sufrimiento.

El tercer grado, recibe el nombre de Incapacidad Permanente Absoluta, y deberá reconocerse cuando el trabajador se encuentre inhabilitado por completo para poder desempeñar cualquier profesión u oficio.

En este sentido, la Jurisprudencia ha entendido que este grado de Incapacidad se deberá reconocer cuando el trabajador carezca de toda posibilidad física de realizar cualquier actividad laboral y, también en aquellos supuestos, en los que, aunque el trabajador tenga aptitudes para ciertas tareas, no disponga de las facultades reales para consumarlas con la necesaria continuidad, dedicación, eficacia y profesionalidad, indispensables en todo trabajo.

Por último, nos encontramos con la Gran Invalidez.

Se trata del grado de Incapacidad más grave, el cual deberá reconocerse cuando el trabajador que se encuentra en una situación de Incapacidad Permanente, a consecuencia de ciertas pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.



Pero, llegados a este punto cabe preguntarse: ¿cuál es el procedimiento a seguir de cara a obtener una Incapacidad?.

Procedimiento para obtener una Incapacidad

Cuando un trabajador quiere solicitar una Incapacidad lo primero que tiene que hacer es contratar verdaderos especialistas que puedan asesorarle, y asistirle durante todo el proceso, pero que también sean capaces de, por ejemplo, conseguir los informes médicos más adecuados.

Sin embargo, en este tipo de supuestos, no basta con la figura del abogado, sino que va a resultar esencial el hecho de poder contar con la intervención de un perito médico que, en base a su propia experiencia, sea capaz de concluir que con las enfermedades o lesiones que el trabajador padece, no es posible que lleve a cabo ciertas tareas (alguna o todas) de su puesto de trabajo habitual, y que por lo tanto, dicho trabajador se encuentra en una situación de Incapacidad, ya sea en su grado parcial, permanente o absoluto.

Esa es la razón principal, por la que, en el Despacho de Abogados de Ana Tirapo, colaboramos desde hace años, con distintos peritos médicos especializados en este tipo de procesos.

En definitiva, si quieres solicitar la Incapacidad Laboral, acude a nuestro Despacho de Abogados en Zaragoza. Te informaremos sobre el grado de Incapacidad que te corresponde, y te dibujaremos las posibles vías de actuación de cara a obtenerlo.

Más información

La incapacidad laboral es una situación en la que se encuentra un trabajador cuando sufre una enfermedad o lesión que le impide poder realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo. La incapacidad laboral tiene varios grados: temporal, permanente parcial o total para la profesión habitual, incapacidad absoluta y gran invalidez.

La incapacidad temporal es la situación en la que se encuentra un trabajador que está imposibilitado para el trabajo durante un tiempo puntual debido a una enfermedad profesional o común o a un accidente ya sea laboral o no necesitando asistencia médica en este período de baja laboral.

La incapacidad permanente para la profesión habitual es una situación en la que se encuentra un trabajador que padece una enfermedad (laboral o común) o ha sufrido un accidente (laboral o no) que le impide poder desarrollar las funciones principales de su puesto de trabajo, no pudiendo desempeñarlo más teniendo que dedicarse a otro trabajo.

La invalidez absoluta impide al trabajador poder desempeñar cualquier trabajo ya que sufre de unas lesiones o enfermedad que le impide pode realizar cualquier tipo de trabajo.

La gran invalidez impide que el trabajador pueda realizar cualquier trabajo pero además, que necesite de una tercera persona para poder realizar las tareas principales de la vida diaria.

El procedimiento de incapacidad laboral se divide en dos fases: la primera es la fase administrativa en la que se solicita la incapacidad en el grado correspondiente del trabajador directamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el cual realizada una revisión médica del trabajador y resuelve si considera que debe concederse una incapacidad o, por el contrario, procede a dar a emitir el alta médica.

La segunda fase es la judicial en la que hay que recurrir ante el Juzgado de lo Social correspondiente la denegación de la concesión de Incapacidad de un trabajador, celebrando el juicio con la obtención de una sentencia en la que se conceda o se deniegue la incapacidad laboral al trabajador.

En este caso es importante contar con los servicios de un abogado incapacidad temporal que asesore al trabajador desde el comienzo del procedimiento a fin de conseguir los mayores beneficios económicos de la Seguridad Social o la Mutua y hacer un seguimiento de la situación laboral en la que se encuentra el trabajador.

Durante el período de baja laboral, el trabajador va a tener que estar disponible y acudir a las citas médicas a las que se le cite así como acudir a las revisiones del equipo de valoración de Incapacidades de la Seguridad Social. El abogado incapacidad temporal asesorará al trabajador sobre la documentación médica que debe presentar en esas revisiones, así como destacar lo más importante en su cuadro médico.

El papel del abogado laboralista en Zaragoza es muy importante puesto que tiene que relacionar las limitaciones que padece el trabajador con las funciones que desarrolla en su puesto de trabajo, ya que hay que acreditar que las lesiones o enfermedades son las que impiden al trabajador poder prestar sus servicios.

Los abogados invalidez total deben valerse de todas las pruebas posibles que acrediten que el trabajador no es apto para desempeñar su trabajo y se le debe conceder una incapacidad laboral. Para ello, el abogado incapacidad Zaragoza debe trabajar en común con un perito médico que examine al trabajador y realice un informe que defienda en el acto del juicio en el que se mantenga la imposibilidad de trabajador por las enfermedades, lesiones o secuelas que padezca.

El abogado invalidez total debe ser un experto en derecho laboral y seguridad social con la capacidad de saber realizar las preguntas concretas y precisas al perito médico y presentar los motivos de manera adecuada al Juez de lo social.



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