Sanciones

El empresario, en virtud de su facultad directiva en la empresa, puede ordenar a sus trabajadores que cumplan con una serie de tareas.

En el caso de que los trabajadores no cumplan con dichas tareas, el empresario tiene potestad disciplinaria para imponer sanciones en los casos de incumplimiento.

Dichos incumplimientos pueden estar recogidos en el Convenio Colectivo que resulte aplicable o en determinadas disposiciones legales, y las sanciones disciplinarias deberán necesariamente estar motivadas y obedecer a un incumplimiento objetivo por parte del trabajador.

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La empresa notificará al trabajador la sanción por escrito

Notificación de la sanción

Producido éste, la empresa ha de notificar al trabajador la sanción por escrito. Debiendo detallar en la comunicación los hechos por los que considera que el trabajador ha incumplido sus tareas y que por lo tanto ha de ser sancionado.

Asimismo, en la sanción tiene que constar la fecha del incumplimiento y la gravedad de la conducta llevada a cabo por el trabajador, en función de la cual, el incumplimiento laboral se podrá considerar como muy grave, grave o leve.

Además, aparte de comunicarle al trabajador la sanción por su conducta, la empresa puede optar por suspenderle de empleo y sueldo, debiendo guardar esa suspensión proporcionalidad con el incumplimiento.

Pero, ¿qué plazo tiene el trabajador para recurrir una sanción de estas características? El plazo que tiene el trabajador es de veinte días.

En virtud de lo anterior, si el trabajador entiende que los hechos no son ciertos o no está conforme con la pena impuesta, y decide recurrir la sanción, pueden suceder cuatro cosas:

Que se declare nula la sanción
si no está notificada correctamente o no contiene la concreción del incumplimiento por parte del trabajador.

Que se revoque la sanción
por no haberse logrado acreditar la comisión de los hechos por parte del trabajador.

Que dicha revocación sea parcial
debido a que la falta que se le imputa al trabajador no haya sido calificada adecuadamente.

Que se confirme la sanción
por considerarse que ésta es adecuada.

En cualquier caso, si tu empresa te ha sancionado, y consideras que los hechos no son ciertos o no estás conforme con la pena que te han impuesto, no dudes en acudir a nuestro Despacho de Abogados en Zaragoza, y te explicaremos cuales son los pasos a seguir para recurrir una sanción disciplinaria.

En el Despacho de Abogados de Ana Tirapo, somos especialistas en toda clase de asuntos laborales, y especialmente, gozamos de gran experiencia en recurrir sanciones disciplinarias. Por ello, entre otras cosas, te informaremos de los plazos para poder ejercitar tus acciones, ante qué instancias será necesario actuar, y las posibles consecuencias legales de las decisiones que tomemos.

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