El accidente in itinere es aquel que sufre el trabajador al ir al trabajo o volver de éste. Para que este accidente de tráfico sea considerado como accidente in itinere y, por lo tanto, accidente laboral debe de cumplir una serie de requisitos:
- Que ocurra en el camino de ida o vuelta entre el trabajo y el domicilio
- Que se utilice el itinerario habitual
- Que no se produzcan interrupciones, el accidente debe cometerse en el tiempo normalmente invertido para ese trayecto, sin modificarse el recorrido por desviaciones o alteraciones temporales anormales o intereses particulares
Cómo acreditar un accidente intinere
El accidente in itinere se considera como accidente laboral y esto tiene mucha trascendencia en la asistencia sanitaria y en la tramitación de la reclamación del siniestro, ya que será la mutua colaboradora con la seguridad social la que se encargará de la recuperación del trabajador.
Para poder acreditar que se trata de un accidente in itinere que ha ocurrido de camino al trabajo, es importante contar con un parte de accidente que se pueda rellenar con el otro conductor en la que se establezca la dirección concreta en la que se ha producido y el horario.
En otras ocasiones, hay testigos del accidente que pueden acreditar también a qué hora y en qué punto se ha producido el accidente e, incluso, cámaras de seguridad de comercios o establecimientos que hayan podido captar el momento concreto del accidente.
Qué hacer ante un accidente intinere
Cuando ha ocurrido un accidente in itinere llamar inmediatamente a una ambulancia, a la policía o guardia civil es importante porque acudirán muy pronto al lugar del accidente y podrán también acreditar el lugar y la hora con un atestado o un parte médico de primera asistencia.
Si has sufrido un accidente in itinere de camino al trabajo, contacta enseguida con un despacho de abogados especializado en accidentes de tráfico y laborales para que te indiquen la documentación que tienes que conseguir, así como las comunicaciones a tu empresa y a la mutua que preste la asistencia sanitaria necesaria al trabajador y de todos los gastos e indemnizaciones que legalmente se pueden solicitar.