El complemento de paternidad o complemento para la reducción de la brecha de género es un plus que se añade a las pensiones contributivas de jubilación o de incapacidad permanente con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos.
Antiguamente, este complemento sólo se dirigía a las mujeres al considerar que sufrían más en su vida laboral el impacto de tener un hijo, se otorgaba cuando las mujeres se jubilaban para complementar su pensión.
Este complemento estaba establecido en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, sin embargo, en sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 12 de Diciembre de 2019 se estableció que la redacción originaría del complemento de maternidad era discriminatoria para los hombres, por lo que éstos también podían solicitar dicho complemento.
¿Cuánto se cobra por el complemento de paternidad?
El complemento de paternidad consiste en un porcentaje que se aplica a la pensión de jubilación o de incapacidad permanente dependiendo del número de hijos que el beneficio haya tenido.
En el caso de que el beneficio haya tenido dos hijos, se le aplicaría un 5% lo que asciende aproximadamente a 700€ anuales. Cuando el beneficiario haya tenido tres hijos, se aplicaría un 10% lo que asciende aproximadamente a 1400 euros anuales. En el caso de haber tenido 4 hijos o más, se aplicaría un 15% ascendiendo aproximadamente a 2100 euros anuales.
¿Cómo se solicita el complemento de paternidad en la pensión de jubilación o de incapacidad?
Para solicitar el complemento de paternidad es necesario rellenar un formulario que se encuentra en la sede electrónica de la Seguridad Social pudiendo entregarlo de manera telemática o presencial en una de las sedes del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En la solicitud es necesario acreditar que se percibe una pensión de jubilación o de incapacidad haciendo entrega de la documentación oportuna, así como acreditar que se han tenido hijos mediante el libro de familia o los certificados de nacimiento, así como adjuntar el DNI del beneficio de la pensión.
En nuestro despacho de abogados, nos encargamos de solicitarte el complemento de paternidad para tu pensión, enviando telemáticamente en el mismo acto, la solicitud con la documentación necesaria.
Igualmente, te explicamos todo el trámite en el caso de que el INSS acepte abonar el complemento de paternidad o, en caso contrario, si decide desestimarla y hay que proceder a recurrir en vía administrativa o judicial.