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¿En qué consiste la incapacidad permanente parcial?



¿En qué consiste la incapacidad permanente parcial?
  • 27 Mayo 2019

La incapacidad permanente es una situación en la que se encuentra el trabajador cuando está impedido para realizar su trabajo por haber sufrido un accidente calificado como laboral o no, o padecer una enfermedad común o profesional.

A pesar de haber estado sometido a un tratamiento médico presenta unas reducciones anatómicas o funcionales de carácter definitivo que merman su capacidad laboral y que le imposibilitan para desempeñar su puesto de trabajo.

Dependiendo de la limitación del trabajador se determina el grado de incapacidad pudiendo ser considerada como parcial, total, absoluta o de gran invalidez.

En este artículo vamos a comentar todos los aspectos relacionados con la incapacidad permanente parcial.

 

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¿Cuándo existe incapacidad permanente parcial?

 

Existe incapacidad permanente parcial cuando un trabajador tenga disminuida su capacidad laboral en un porcentaje no inferior al 33% pero, a pesar de ello, pueda realizar las funciones fundamentales de su puesto de trabajo.

Es decir, tiene una disminución de su capacidad laboral pero la incapacidad permanente parcial no le impide poder desarrollar las funciones fundamentales de su puesto de trabajo.

 

 

¿Se puede trabajar con una incapacidad permanente parcial?

 

El reconocimiento de la Incapacidad Permanente Parcial no extingue el contrato de trabajo ya que el trabajador no está impedido para realizar las funciones fundamentales de su puesto de trabajo.

Por lo que, puede percibir su indemnización por incapacidad permanente parcial y continuar con el mismo trabajo.

La incapacidad permanente parcial es compatible con la realización de una actividad laboral tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

 

¿Qué cuantía corresponde con la incapacidad permanente parcial?

 

La cuantía correspondiente de la incapacidad permanente parcial es una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora que se abonará en un pago único.

La cuantía de la incapacidad permanente parcial está sujeta a tributación y por tanto al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)

¿Cómo solicitar la incapacidad permanente parcial?

 

Para solicitar la incapacidad permanente parcial se debe acudir a una de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social y rellenar un formulario en la que se debe acompañar la fotocopia del DNI o NIE, justificante de las cotizaciones en los últimos tres meses en el caso de enfermedad común, si es accidente de trabajo o enfermedad profesional el parte de accidente y certificado empresarial de salarios reales del año anterior y además informes médicos de la seguridad social o de la inspección médica. 

Una vez entregada esta solicitud el trabajador será llamado a una revisión por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de Seguridad Social para analizar las consecuencias de sus lesiones o secuelas en relación con sus funciones laborales. Recibirá una resolución en la que le será concedida o denegada dicha solicitud.

Si se deniega la incapacidad permanente parcial tendrá que interponerse una demanda ante el juzgado de lo social correspondiente con ayuda de un abogado laboralista y un perito médico que defienda su informe médico en la que considera que el trabajador tiene unas lesiones o reducciones que le hacen que sea necesario reconocerle una incapacidad.

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