El despido es la extinción del contrato de trabajo por voluntad unilateral del empresario. El trabajador, en este caso, no participa en dicha decisión. Lo único que puede hacer es recurrir el despido si no está conforme con el mismo y si considera que deben abonarle mayor cantidad de indemnización por despido y de finiquito.
En este artículo vamos a analizar los despidos objetivos conforme a las consultas laborales que vamos recibiendo. Comenzaremos, resolviendo la cuestión sobre que es un despido objetivo. Y a continuación, comentaremos las causas de dicho despido, también cuando un despido objetivo es improcedente y, por último, si es posible que las empresas durante el ERTE puedan realizar despidos objetivos.
¿QUÉ ES UN DESPIDO OBEJTIVO?
El despido objetivo esta regulado en el artículo 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores. Consiste en la extinción del contrato de trabajo por incurrir en alguna de las causas que legalmente se regulan y que permiten al empresario despedir al trabajador.
En este tipo de despido, el empresario debe preavisar el trabajador con quince días de antelación sobre la medida que va a tomar. Si no se preavisa al trabajador no conlleva que es despido objetivo sea improcedente sino que se le deberá abonar este período de no preaviso.
Cuando el empresario decida realizar un despido objetivo, tendrá que entregar al trabajador una carta de despido en el que se le detalle con exactitud los motivos que le han llevado a despedir al trabajador. Tienen que ser motivos reales, que puedan corroborarse y que estén incluidos en el Estatuto de los Trabajadores.
Asimismo, se le pondrá a disposición en el mismo momento de la entrega de la carta de despido la indemnización de veinte días por año trabajado.
Sino se cumple cualquiera de estas dos formalidades, el despido objetivo es improcedente.
Este tipo de despido permite al trabajador poder acceder al cobro de la prestación por desempleo.
DESPIDO OBJETIVO CAUSAS
Como hemos mencionado, el despido objetivo debe obedecer a unas causas establecidas en la Ley que son las siguientes:
- Ineptitud conocida o sobrevenida del trabajador: Nos encontramos en los casos en que, cuando el trabajador fue contratado estaba perfectamente capacitado para llevar a cabo su trabajo. Pero posteriormente, le ha surgido una ineptitud sobrevenida que le impide poder realizar su trabajo en las mismas condiciones
- Falta de adaptación a las modificaciones técnicas y del trabajador: Se trata de los supuestos en los que un trabajador no consigue adaptarse. Por ejemplo, a las modificaciones informáticas que se han instalado en la empresa a pesar de que haya estado recibiendo cursos de preparación.
- Causas económicas, organizativas, técnicas y de producción de la empresa: En este caso son causas que sufre la empresa y que le impiden poder seguir manteniendo el puesto de trabajo de su empleado. Estos motivos deben ser alegados en la carta de despido y ser ciertos.
CUANDO SE CONSIDERA QUE EL DESPIDO OBJETIVO ES IMPROCEDENTE
En muchas ocasiones se recurre a este tipo de despido como herramienta para evitar costes económicos mayores. Si la empresa no consigue acreditar que los hechos que alega en su carta de despido son ciertos, en un juzgado de lo social se podrá considerar que el despido objetivo es improcedente.
Como hemos comentado, el despido objetivo tiene que cumplir una serie de formalidad. Primero, la entrega de la carta de despido con los motivos claros y concretos. Y a continuación, la puesta a disposición del finiquito al trabajador con la indemnización de 20 días por año trabajado. Si no se cumplen estos dos requisitos, el despido objetivo es improcedente.
Si te han notificado un despido objetivo y no estás de acuerdo con las causas alegadas en la carta de despido, ponte en contacto con un abogado laboralista experto en derecho laboral en España. Y en concreto en despidos para que te asesore acerca de las posibilidades de recurrir el mismo para conseguir que el despido objetivo sea declarado improcedente.
¿PUEDEN REALIZAR UN DESPIDO OBJETIVO MIENTRAS ME ENCUENTRO EN SITUACIÓN DE ERTE?
En realidad, los motivos que generalmente alegan las empresas para proceder a un ERTE son causas económicas, organizativas, técnicas y de producción. Por tanto, es complicado que las empresas puedan realizar dicho despido estando el trabajador en situación de ERTE utilizando los mismos motivos.
La empresa tendría que acreditar que los motivos por los que, en su día, se realizó el ERTE han aumentado o que han surgido hechos nuevos. Que le impiden tener en suspenso la relación laboral con el trabajador por lo que deben realizar su despido objetivo.