El delito de hurto se regula en el artículo 234 del Código Penal en el que se establece: “El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros”
El delito de hurto consiste en apropiarse con ánimo de lucro de cosa mueble ajena sin voluntad de su dueño. Es decir, en el hurto nunca se emplea violencia o fuerza.
Como ejemplo de delito de hurto sería el de una persona que está sentada en una terraza del bar con la mochila abierta en el respaldo de la silla y que otra persona aproveche esta circunstancia para extraerle la cartera.
¿Existen distintos tipos de hurto?
Si, existen distintos tipos de hurto, dependiendo del valor de la cosa. La primera diferencia en los grados de hurto es si la cosa excede de 400 euros de valor. En este caso, el delito es castigado con pena de prisión de seis a ocho meses.
En el caso de que lo sustraído no exceda de 400 euros se considera delito leve, en este caso corresponde una pena de uno a tres meses de multa.
También existe un delito de hurto que es considerado como grave en el caso de que se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, cosas de primera necesidad o que causen desabastecimiento.
También se considera grave cuando existe reincidencia en la comisión del delito de hurto, en al menos, tres ocasiones anteriores con la misma categoría penal.
En el caso de utilizar a menores de 16 años para la realización del hurto o pertenecer a una organización criminal, también se considera delito de hurto grave.
Es muy característico también el delito de hurto de vehículos sancionado en el artículo 224 del Código Penal consistente en sustraer o utilizar un vehículo a motor o ciclomotor ajeno, sin autorización de su dueño, pero a su vez, sin intención de quedárselo.
¿Cuál es la diferencia del delito de hurto y del robo?
El delito de robo se encuentra regulado en el artículo 237 del Código Penal en el que se establece: “Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.”
Por tanto, para cometer un delito de robo se necesita violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas para acceder a ellas. Puede ser el ejemplo de una persona que porta una navaja para robar la cartera a otra persona o el caso del tirón del bolso a una persona para robarle.
Como los hechos son más graves las penas para castigar el robo también son más graves consistentes en prisión.