Inicio Blog Movilidad geográfica, ¿Cuándo me pueden trasladar y qué derechos tengo?

Movilidad geográfica, ¿Cuándo me pueden trasladar y qué derechos tengo?



Movilidad geográfica, ¿Cuándo me pueden trasladar y qué derechos tengo?
  • 15 Enero 2025

La movilidad geográfica en el ámbito laboral se refiere al traslado o cambio del trabajador de centro de trabajo, puede ser de carácter temporal o definitivo, también individual o colectivo.

 

Requisitos y cómo actuar ante un traslado laboral

Hay dos requisitos que deben darse para que el desplazamiento se considere válido:

- Que haya una razón que justifique dicho traslado, las cuales normalmente suelen ser causas de tipo económico, técnico, organizativo o incluso de producción.

- Que la empresa notifique al trabajador la noticia con un mínimo de 30 días de antelación.

 

Llegada esta situación, el trabajador va a tener tres opciones o tres maneras de actuar:

- Aceptar el traslado, reclamando los gastos del mismo.

 

Cuando hablamos de los gastos, nos referimos a una compensación que va a recibir el trabajador por el cambio de vida al que se expone.

En concreto nos referimos a los gastos de viaje y de desplazamiento originados por la movilidad geográfica.

Si el cónyuge trabaja en la misma empresa y el traslado es voluntario, los trabajadores tienen derecho a solicitar el mismo destino.

- No aceptar el traslado, lo que supone la extinción de la relación laboral.

 

En este caso tendremos derecho a una indemnización la cual equivaldrá a 20 días de salario por cada año trabajado en dicha empresa.

- Impugnar el traslado en vía jurisdiccional.

 

Cuando se produce la impugnación significa que no solo NO aceptamos el traslado, sino que tenemos una disconformidad con el mismo.

 

Actuación de un abogado ante una movilidad geográfica en el ámbito laboral 

Llegados a este punto necesitaremos la ayuda de un abogado ya que estaremos inmersos en un procedimiento judicial, el cual, debe culminar con una sentencia en la que se nos explicará si la impugnación es aceptada o no.

En caso de obtener una sentencia favorable para el trabajador, deberá incorporarse nuevamente en su centro de trabajo habitual u original.

Si te encuentras en alguna situación similar y no sabes cómo actuar, en nuestro despacho de abogados contamos con profesionales especialistas en la materia que estarán encantados de ayudarte.

 

 

USO DE COOKIES
Utilizamos cookies propias y de terceros, analizando sus hábitos de navegación en nuestra página web, con la finalidad de garantizar la calidad, seguridad y mejora de los servicios ofrecidos a través de la misma. En los casos en que el usuario no manifieste expresamente si acepta o no la instalación de las cookies, pero continúe utilizando nuestra página web, se entenderá que éste ha dado su consentimiento, informándole expresamente de la posibilidad de bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador. Puede obtener más información a este respecto consultando nuestra Política de Cookies.

ACEPTAR POLÍTICA DE COOKIES