En este artículo te comentamos las distintas indemnizaciones que puede solicitar un trabajador que ha sufrido un accidente laboral y el responsable de abonarlas.
Pensiones de incapacidad
.- Pensión de incapacidad: incapacidad permanente parcial, una incapacidad permanente total para la profesión habitual, una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez. En este caso, el responsable del pago puede ser una mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social
Minusvalías e indemnizaciones
.- Minusvalía o ayuda de dependencia: si el trabajador necesita del apoyo de una tercera persona. El encargo de abonar esta ayuda es del organismo público correspondiente de cada Comunidad Autónoma.
.- Indemnización del Convenio Colectivo o de Seguros contratados: elobligado al pago es la aseguradora de la empresa y la entidad con la que se tenga contratado el seguro.
.- Indemnización por responsabilidad civil en reclamación de daños y perjuicios derivados de las secuelas físicas y morales que el accidente le haya ocasionado. El obligado al pago es la aseguradora de la empresa
.- Recargo de prestaciones:este tipo de prestaciones no pueden ser cubiertas por aseguradoras, por lo que el obligado al pago será el propio empresario.